El Poder Ejecutivo envió ayer al Congreso
Nacional tres proyectos de ley, uno de los cuales establece que ningún
servidor público podrá devengar un salario mayor al que perciban los
presidentes de la República, la Suprema Corte de Justicia y el Senado y
Cámara de Diputados, y que fija en tres el nombramiento de los
secretarios de Estado sin Cartera.
En el primer proyecto, llamado
“Ley general de salarios para el sector público dominicano”, establece
además que ningún cargo de la administración pública podrá percibir un
salario superior al que reciba el cargo de escalones superiores. La
pieza establece el principio de “equilibrio” que debe primar en la
definición de los sueldos de los servidores del Estado, lo que
constituirá una “garantía de competencias, motivación y compromiso”.
La
propuesta de ley crea también el Sistema Remunerativo, el cual será
regido por el Ministerio de Administración Pública (MAP). Conforme a lo
consignado en el documento, todos los cargos y sus correspondientes
remuneraciones serán incluidos en el presupuesto general del Estado,
previa aprobación del MAP.
Además, se estatuye un régimen de
incentivos, para lo cual el MAP dictará un reglamento, pero también se
establece que los gastos de representación de un funcionario no podrán
exceder el 15 por ciento de su salario, excluyendo al presidente y
vicepresidente de la República. Asimismo, consigna que el salario para
los cargos de alto nivel será determinado sobre la base de la
complejidad y riesgos del ejercicio de las funciones. De igual modo, el
salario de funcionarios de confianza de los titulares de las
instituciones no podrá exceder el de los viceministros y subdirectores
generales.
El segundo proyecto enviado por el Presidente es la
nueva Ley Orgánica de la Policía Nacional donde ratifica la
responsabilidad de ese organismo de mantener el orden público. En
sentido general mantiene la actual estructura y ajusta la ley a la nueva
Constitución de la República.
EL PROYECTO DE LA ADMINISTRACIÓN
El tercer proyecto es la ley sometida ayer por el Poder Ejecutivo de la Administración Pública, en donde se establece que los presidentes de la República podrán designar hasta tres ministros sin Cartera, los cuales no podrán realizar funciones que competan a los ministerios ni de los organismos autónomos y descentralizados. La pieza legislativa prohíbe, además, la designación de viceministros sin Cartera. Ayer se informó que los tres proyectos serán introducidos en la sesión que celebrará el Senado este viernes.
El tercer proyecto es la ley sometida ayer por el Poder Ejecutivo de la Administración Pública, en donde se establece que los presidentes de la República podrán designar hasta tres ministros sin Cartera, los cuales no podrán realizar funciones que competan a los ministerios ni de los organismos autónomos y descentralizados. La pieza legislativa prohíbe, además, la designación de viceministros sin Cartera. Ayer se informó que los tres proyectos serán introducidos en la sesión que celebrará el Senado este viernes.