La Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados acordó modificar
más de 75 artículos del Código Procesal Penal (CPP), entre ellos solo
dictar prisión preventiva a quienes cometen hechos graves. Igualmente,
incluyeron en la modificación que no se solicite conciliación para los
casos de violencia intrafamiliar y modifican la condición de mujer en
lactancia para que se le dicte prisión preventiva.
La modificación
de los artículos es parte de un consenso de los legisladores, quienes
se reunieron todo el fin de semana en Puerto Plata, lencuentroq ue fue
presidido por el diputado Demóstenes Martínez, de Santiago, por el
Partido de la Liberación Dominicana (PLD), revisando artículo por
artículo, el CPP y conociendo las propuestas de su modificación.
La
pieza sometida en un proyecto de ley presentado por el diputado Víctor
Suárez (Santiago, PLD), vocero del bloque de diputados del PLD, fue
previamente discutida con diversos sectores de la sociedad e
instituciones tanto del sector público como privado, agrupadas en la
Comisión Nacional de Ejecución de la Reforma Procesal Penal (CONAEJ).
Durante
el encuentro los diputados consideran que la prisión preventiva a
quienes cometen hechos graves es el mayor aporte al endurecimiento del
CPP.
Ante una iniciativa presentada por el diputado Henry Merán
(San Juan, PLD) la Comisión decidió modificar el artículo 234 sobre la
Prisión Preventiva para ampliar su ámbito de aplicación obligatorio, en
caso de proceder, a los crímenes más graves y aberrantes que sanciona el
Código Penal Dominicano.
Igualmente, por iniciativa de los
diputados perredeístas Víctor Gómez Casanova y Cristian Paredes, se
introdujo un nuevo párrafo al artículo 229 sobre el peligro de fuga, que
establece que el Ministerio Público estará obligado a requerirle al
juez dictar prisión preventiva a aquellos imputados que sean presentados
por la violación de la ley, teniendo medidas de coerción impuestas
anteriormente.
Al motivar las presentaciones de sus propuestas,
los diputados señalaron que “de esta manera, se garantiza un
fortalecimiento del procedimiento de la aplicación de justicia en
nuestro país, para evitar que ciudadanos que hayan violado la ley,
puedan burlar el proceso y que luego de ser puestos en libertad
condicional o medidas de coerción leves, vuelvan a cometer hechos
violatorios a la ley.” Por otro lado, las legisladoras que participaron
en la discusión de las modificaciones al CPP sostienen que a la
condición de mujer en lactancia se le puede dictar prisión preventiva,
tras considerar que el Código Laboral solo contempla permiso pos
embarazo de tres meses.
Señalan que actualmente, el CPP establece
que no se podrá dictar prisión preventiva a mujeres en lactancia, lo que
permite que una considerable cantidad de mujeres cometan violaciones a
la ley y mantengan su libertad sobre la excusa de lactancia.
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